28 de agosto de 2015
Washington, D.C. – En el Día
Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y el Grupo de Trabajo sobre
Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la ONU reconocen los avances
realizados en muchos países de la región en la materia. Sin embargo, llaman la
atención sobre la deuda pendiente con las víctimas de desapariciones forzadas
del pasado en cuanto a hacer realidad los derechos a la verdad, la justicia, y
la reparación. Asimismo, la CIDH y el Grupo de Trabajo expresan su profunda
preocupación por la continuidad del fenómeno de las desapariciones forzadas en
la región y la falta de debida diligencia de los Estados para prevenir,
investigar y sancionar estos actos.
Al revisar las desapariciones
forzadas ocurridas décadas atrás, la Presidenta de la CIDH, Comisionada
Rose-Marie Antoine, señaló: “Las desapariciones forzadas han estado siempre
asociadas al continente americano. Muchos gobiernos autoritarios de América han
utilizado esta técnica del terror, y la enorme deuda que tenemos con las
víctimas y sus familiares sigue pendiente. Aunque se han hecho grandes avances
en la investigación, los juicios y el castigo a los responsables de estas graves
violaciones a los derechos humanos en las épocas de dictaduras militares y de
gobiernos autoritarios, son todavía demasiados los casos que continúan en la
impunidad. Los años y las décadas pasan, y madres, padres, hijos e hijas,
esposas y esposos siguen buscando los restos de sus seres queridos y siguen
clamando por justicia”.
Por su parte, el presidente del
Grupo de Trabajo de la ONU, Ariel Dulitzky, indicó: “Desde 1980, un número
importante de países de la región han impulsado el desarrollo progresivo del
derecho internacional en la lucha contra las desapariciones forzadas. La región
estuvo a la vanguardia de los debates que llevaron a la adopción en 1992 por
parte de las Naciones Unidas de la Declaración sobre la Protección de Todas las
Personas contra las Desapariciones Forzadas, la Convención Interamericana sobre
Desaparición Forzada de Personas de 1994 y la Convención Internacional para la
Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas aprobada
por las Naciones Unidas en 2006”, dijo por su parte “Instamos a todos los
países de la región que todavía no lo hayan hecho a ratificar las dos
convenciones”.
La CIDH y el Grupo de Trabajo
urgen a los Estados a adoptar de forma oportuna legislaciones, políticas
públicas y otras medidas que permitan avanzar en el combate a la impunidad de
estos graves crímenes. Entre las medidas para mejorar la búsqueda de la verdad,
se necesita expandir el uso de los avances y experiencias forenses y las
pruebas de ADN, utilizar apropiadamente los avances tecnológicos y científicos
disponibles, abrir inmediatamente todos los archivos, incluidos los archivos
militares, y facilitar a los familiares total e inmediato acceso a los
mecanismos nacionales, regionales e internacionales encaminados a establecer la
verdad sobre las desapariciones.
Asimismo, la CIDH y el Grupo de
Trabajo de la ONU expresan su profunda preocupación ante la continuidad del
grave crimen de las desapariciones forzadas en la era de gobiernos democráticos
en la región, así como por la metamorfosis del fenómeno. Mientras que las
desapariciones forzadas fueron anteriormente parte de las estrategias de
“seguridad nacional” en contra de los llamados grupos subversivos o terroristas
y en el contexto de violaciones graves y masivas a los derechos humanos,
actualmente estos graves crímenes están ocurriendo en otros contextos. Grupos
del crimen organizado tales como cárteles de la droga y organizaciones de
tráfico de personas están utilizando la desaparición, en algunos casos con la
colaboración de agentes del Estado, lo que constituye una desaparición
forzada.
“Los Estados han hecho avances
legislativos importantes en incluir el delito de la desaparición forzada de
forma autónoma en los códigos penales, y hay esfuerzos importantes para llevar
a los responsables ante la justicia. Sin embargo, a nivel de la prevención de
la ocurrencia de la desaparición forzada en estos nuevos contextos, los avances
son limitados”, expresó Bernard Duhaime, miembro del Grupo de Trabajo de la
ONU.
La desaparición forzada es una
forma compleja de violación de los derechos humanos y su conceptualización y
las obligaciones que surgen de ella han sido ampliamente definidas en las
últimas tres décadas, gracias a las contribuciones, entre otros, del Grupo de
Trabajo de la ONU y de la Comisión Interamericana. La naturaleza continua del
delito de desaparición, el derecho a saber, el derecho a la reparación, el
derecho a la justicia, así como la inaplicabilidad de las leyes de amnistía y
de la prescripción en los casos de desapariciones forzadas, son todos temas
ampliamente desarrollados en la jurisprudencia internacional e interamericana.
El Grupo de Trabajo de la ONU y
la CIDH destacan hoy día la necesidad de que los Estados organicen su
estructura estatal y empleen todos los medios a su disposición para prevenir,
investigar, sancionar y reparar toda desaparición forzada con debida diligencia
y sin dilación. Es a su vez importante que los Estados adopten medidas para
proteger de forma efectiva a personas, grupos y colectividades en particular
riesgo a desapariciones, tales como los niños y las niñas, las mujeres, los
migrantes, las y los defensores de derechos humanos, y los periodistas, entre
otros. Por último, la CIDH y el Grupo de Trabajo destacan el carácter
apremiante de la implementación de medidas encaminadas a respetar y garantizar el
acceso a la información de los familiares, como un derecho facilitador de la
verdad, justicia, y reparación en el ámbito de las desapariciones forzadas.
Ariel Dulitzky, presidente del
Grupo de Trabajo de la ONU. Fotografía tomada de Internet. |
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